La UE aplaza 16 meses sus reglas más duras de IA, pero prohíbe las apps que desnudan personas

El Ómnibus Digital retrasa a diciembre de 2027 las obligaciones de alto riesgo. La transparencia y las sanciones siguen en pie.

1 min de lectura★★★Equipo editorial NOVUS
Edificio Europa, sede del Consejo de la Unión Europea en Bruselas
Olnnu · Wikimedia Commons · CC BY-SA 3.0
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La UE aprobó de urgencia el Reglamento 2026/1744, que retrasa a diciembre de 2027 las obligaciones más exigentes del AI Act para los sistemas de alto riesgo. Las reglas de transparencia y las multas siguieron entrando en vigor el 2 de agosto de 2026. Como contrapartida, se prohíben desde diciembre las aplicaciones que desnudan personas sin consentimiento.

16 mesesde aplazamiento para el alto riesgo
2 dic 2027nueva fecha del Anexo III
2 dic 2026prohibición de nudificadores

Qué significa para ti

Si tu empresa usa IA para contratar, conceder crédito o evaluar personas, tienes 16 meses más de margen para las auditorías técnicas — pero no para etiquetar lo que genera la máquina, que ya es obligatorio. Y si te preocupan las imágenes íntimas falsas, la ley europea las prohíbe expresamente a partir de diciembre.

El Reglamento (UE) 2026/1744, conocido como Ómnibus Digital de IA, se publicó en el Diario Oficial el 24 de julio de 2026 y entró en vigor el 27, seis días antes de la fecha en la que el AI Act debía empezar a exigir su bloque más duro. La norma aplaza 16 meses, hasta el 2 de diciembre de 2027, las obligaciones de los sistemas de alto riesgo del Anexo III: empleo, biometría, crédito, educación, infraestructuras críticas, migración y justicia. La IA integrada en productos ya regulados —maquinaria, productos sanitarios, juguetes, ascensores— gana doce meses más, hasta agosto de 2028. Los sistemas de alto riesgo que ya usan las administraciones públicas tienen hasta 2030.

El motivo declarado es que las normas técnicas armonizadas de CEN-CENELEC, sin las cuales una empresa no puede demostrar que cumple, no estarán listas hasta 2027. El aplazamiento se tramitó por vía de urgencia y se separó del resto del paquete de simplificación para que llegara a tiempo. Lo que NO se aplaza es igual de relevante: las obligaciones de transparencia del artículo 50 y el régimen sancionador entraron en vigor el 2 de agosto tal y como estaba previsto. Los sistemas ya comercializados antes de esa fecha tienen hasta el 2 de diciembre de 2026 para incorporar el marcado legible por máquina.

A cambio del retraso, la UE incorpora por primera vez una prohibición explícita de las aplicaciones que generan material de abuso sexual infantil y las que desnudan a personas sin su consentimiento, los llamados nudificadores, aplicable desde el 2 de diciembre de 2026. El resultado es un reglamento de dos velocidades: exige ya que se etiquete lo que produce una máquina, pero pospone las evaluaciones de conformidad justo en los usos que más afectan a derechos —quién consigue un empleo, un crédito, una prestación o un visado—.

Cómo lo sabemos

Esta nota se verificó con 3 fuentes independientes y fechadas antes de publicarse. El modelo redacta; los hechos vienen de las fuentes.

Hecho con IA · verificado y revisado por un humanoRevisión humana: Equipo editorial NOVUS · 4 de septiembre de 2026Responsabilidad editorial: Francisco Devia · NOVUS AI StudioNuestro método de verificación →
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